La Fiscal Paula Rodriguez Frandsen destacó que “logró acreditarse a través de los diferentes testigos que los tres acusados, juntos con otras personas no identificadas, invadieron el predio de forma clandestina y subrepticia, para delimitarlo y levantaron allà construcciones precarias despojando asà a sus propietarios legales de la propiedad del mismoâ€.
Según la acusación, el lugar “era visitado periódicamente por su dueña quien habÃa realizado comodatos con instituciones deportivas y, además, vendido lotes pertenecientes a un futuro corredor comercialâ€.
Adelantándose a la teorÃa del caso de la defensa relacionada con el déficit habitacional, la Fiscal expresó que existió “invasión y clandestinidad. Las personas que ingresaron al predio no querÃan visibilizar un problema, lo hicieron para instalarse y despojar de él a sus propietarios. Ello surge no sólo de las demarcaciones y las construcciones realizadas, sino también de las propias declaraciones de los imputados al fijar domicilio en ese lugar, en las diversas audiencias judicialesâ€.
“Allà en ese terreno, sabiendo que no era de su pertenencia, permanecieron los imputados hasta incluso después de que el Juez de GarantÃas dispusiera su desalojo, tal como declararon algunos testigosâ€, enfatizó Rodriguez Frandsen y agregó que “ni se fueron cuando supieron que cometÃan un delito, ni voluntariamente; hicieron falta tres meses, dos audiencias de conciliación en la FiscalÃa, cuatro audiencias penales y una orden de desalojo dictada por un juez de garantÃasâ€.
Finalmente destacó que “por supuesto tienen las personas derecho a una vivienda digna, pero ese no es un derecho absoluto, está limitado por las normas y por los derechos de tercerosâ€.
Seguidamente se preguntó: “¿Debe un particular garantizar el derecho a la vivienda digna?. No, es el Estado quien debe hacerlo pero incluso los testigos de la defensa no pudieron acreditar que estos tres imputados hayan intentado ese proceso por la vÃa del reclamo legalâ€.
En este sentido destacó que los referentes del Municipio llevados como testigos por la defensa mencionaron la existencia de un registro con más de 5000 personas en situación de vulnerabilidad y con déficit habitacional, no obstante no pudo probarse que los imputados estuvieran inscriptos en el mismo al tiempo que comparó su actitud con la de los restantes anotados. “Ellos tres tomaron una decisión particular y voluntaria aún a sabiendas de que ésta constituÃa un delitoâ€.
A su turno la querella adhirió al alegato y la defensa privada de los hombres pidió su absolución, porque ninguno de los testigos pudo acreditar que los tres hombres hicieron lo que la acusación les atribuye haber hecho.
El juicio llevado adelante ante la Jueza de Juicio, Daniela Zagari, incluyó dos audiencias y la comparecencia de más de una decena de testigos. La sentencia se conocerá a principio de la próxima semana.