La Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad TurÃstica Nacional N° 27.563 fue reglamentada ayer. La norma tiene como objetivo atender la situación de las empresas turÃsticas e implementar medidas para fortalecer al sector y potenciarlo en la pospandemia.
Entre sus principales puntos se encuentra la prórroga del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) hasta el 31 de diciembre de 2020 para las actividades y rubros del sector, cuando se encuentren paralizadas o tengan una facturación inferior al 30 por ciento. Los beneficios incluyen una reducción del pago de las contribuciones patronales del 95 por ciento y un salario complementario abonado por el Estado nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado del 50 por ciento del salario neto, no pudiendo ser inferior a un salario mÃnimo, vital y móvil (SMVM) ni superar los dos salarios.
El Programa Bono Fiscal Vacacional, un incentivo muy importante para impulsar el turismo y desestacionalizar la demanda, contempla un aporte en favor de las familias cuyos ingresos mensuales netos totales no superen el equivalente a cuatro SMVM, mediante el otorgamiento de un bono fiscal emitido bajo modalidad electrónica, destinados exclusivamente al pago de servicios ofrecidos dentro del paÃs por empresas habilitadas del sector.
Otro de los puntos es el Plan de Preventa para reactivar el turismo interno. El proyecto del ministerio de Turismo y Deportes de la Nación está orientado a fomentar y potenciar la demanda del turismo interno. Consiste en el reconocimiento de un crédito por parte del Estado Nacional equivalente al 50 por ciento del monto por cada operación de compra de servicios turÃsticos a ser brindados dentro del territorio nacional. Las compras en concepto de preventa de servicios turÃsticos se deberán realizar hasta el 31 de diciembre de 2020, los servicios adquiridos deberán ser usufructuados durante 2021 únicamente para la adquisición de servicios turÃsticos brindados dentro del territorio nacional.
El vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades vinculadas a la actividad turÃstica cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre será prorrogado por 180 dÃas. Además, será suspendida por ese mismo plazo la traba de cualquier tipo de medida cautelar a requerimiento de la AFIP y la ANSES para las empresas del sector.
Por último, las empresas alcanzadas por la Ley deberán estar inscriptas en un registro creado bajo el ámbito del MinTurDep.
De este modo, el Estado Nacional lleva invertido más de 60 mil millones de pesos para sostener al sector turÃstico y potenciarlo en la pospandemia.