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PROGRAMA CRÉDITO A TASA CERO 2021 PARA LOS MONOTRIBUTISTAS

El año pasado, el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) también implementó créditos de igual índole como ayuda para salir del freno económico provocado por la cuarentena y la pandemia. La situación en gran medida persiste, motivo por el cual el PEN acaba de dictar el DNU 312/21 a través del cual creó el Programa Crédito a Tasa Cero 2021 para los monotributistas, cuyas características principales son las que a continuación se reseñan.

Podrán adherirse quienes cumplan con las condiciones que establezca el Ministerio de Desarrollo Productivo, quedando exceptuados quienes perciban ingresos en relación de dependencia o estén inscriptos en el SIPA como trabajadores autónomos.

El tope de la financiación se dispone en función de la categoría de revista al 30 de junio de 2021, pudiendo ser de hasta $90.000 para la Categoría “A”, $120.000 para la Categoría “B”, mientas que para las restantes categorías el límite máximo es de $150.000.

El Crédito será instrumentado y acreditado de acuerdo al procedimiento y en los términos que, para la implementación de la medida, establezca el BCRA y será compatible con el obtenido en 2020, siempre que no se encuentren en mora en el cumplimiento de sus obligaciones ni en las condiciones de vigencia de los beneficios que les fueran acordados, así como tampoco se encuentren con ejecución en trámite, o se les hubiera ejecutado la garantía del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), podrán acceder al nuevo crédito en las mismas condiciones que quienes no hayan accedido el año pasado.

Los préstamos otorgados contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin interés Se estima que a fines de este mes está abierta la posibilidad de solicitarlos..

Ahora bien, para quienes la obtención haya sido en el marco del Programa ATP y se encontrasen en mora en el cumplimiento del crédito 2020, deberán destinar el monto del nuevo crédito a cancelar la totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedare remanente.

Si la entidad financiera otorgante del crédito hubiera iniciado la ejecución o ejecutado la garantía del Fondo de garantías argentino (FoGAr), el solicitante estará excluido del beneficio previsto en el programa ahora creado.

Los beneficiarios, hasta la cancelación del préstamo, no podrán:

Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.

Concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

El BCRA y la CNV controlaran el cumplimiento y el Ministerio de Desarrollo será la autoridad de aplicación y dictará las normas pertinentes. Para solicitar el crédito podrán postularse utilizando el servicio que pondrá a disposición la AFIP, la que suministrará al BCRA y este a su vez al banco elegido, la lista de los sujetos elegibles.

El Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) podrá bonificar hasta el CIEN POR CIENTO (100%) de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen los Créditos a Tasa Cero 2021 que se otorguen a los beneficiarios y el Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) creado por el artículo 8° de la Ley Nº 25.300 y sus modificatorias, podrá avalar el total de los créditos sin exigir contragarantías.


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