Según se informó desde el ministerio de Turismo, con la aprobación de la Resolución 137/21 de alojamientos extra hoteleros se incorporan en una sola norma todas y diferentes formas de hospedajes turÃsticos.
La mencionada norma, regula este tipo de alojamientos turÃsticos denominados “extra hoteleros†e incorpora distintas modalidades de alojamientos, entre las que se destacan la casa turÃstica, vivienda turÃstica, bed and breakfast, logde y glamping. Esta última es una nueva modalidad dentro de los ya conocidos Camping turÃstico y Refugio. Toda la oferta del rubro, incluidas las tradicionales y las que se fueron incorporando con el tiempo, quedan reglamentadas en esta disposición en el marco de la Ley Provincial de Turismo Nº2414.
A partir de esta norma, se amplÃa la oferta turÃstica de las distintas localidades a fin de satisfacer la creciente demanda adaptada a las nuevas realidades e intereses del público.
Desde la dirección de Servicios y Fiscalización del ministerio de Turismo de la provincia del Neuquén instan a los prestadores turÃsticos a inscribirse en el registro provincial. Cabe destacar que ser parte del registro contempla beneficios, siendo algunos de ellos: la seguridad jurÃdica en los bienes, de su propiedad y de los turistas; el acceso a programas y beneficios fiscales, tanto nacionales como provinciales; el acceso a los programas de financiamiento para el sector turÃstico, el acceso a capacitaciones, cursos y talleres destinados al sector turÃstico, organizados por organismos provinciales y nacionales. Además, de mayor difusión de la oferta turÃstica habilitada a nivel provincial, nacional e internacional; y la participación en eventos internacionales.
Los prestadores que deseen obtener asesoramiento para formar parte del Registro provincial de Alojamientos TurÃsticos, pueden concurrir a la oficina de la calle Perito Moreno 365 de la ciudad de Neuquén o por correo electrónico habilitatur@neuquen.gov.ar, o al teléfono de contacto 299-4115277 (llamadas o whatsapp).
Sobre la Ley de Turismo Provincial
La Ley Provincial de Turismo Nº 2414 tiene por objeto establecer un marco para el desarrollo integral y sustentable del turismo en lo concerniente a las medidas que al Estado Provincial y a los particulares, prestadores de servicios turÃsticos, les cabe en materia de protección, creación, planificación, investigación y aprovechamiento de atractivos y recursos; fomento, ordenamiento y promoción de actividades y servicios; formación y capacitación de los recursos humanos afectados a ellos, y el resguardo del visitante y de la seguridad jurÃdica (bienes y personas) en todo el ámbito del territorio provincial.