Una cooperativa de Villa Traful fue multada por 365.691.760 pesos por avanzar sobre el bosque nativo, en lo que fue catalogado como una falta grave por el impacto ambiental. El infractor deberá hacer una reparación y reponer especies vegetales en el sector dañado.
En infracción a la Ley Provincial Forestal 2.780 de Protección de los Bosques Nativos, y al haberse afectado una superficie aproximada de 4,5 hectáreas, propiedad de la Cooperativa de Vivienda y Consumo Villa Traful Limitada, se extendió esta pena.
“Según la ley, esto fue una falta grave por el enorme impacto ambiental, y por tal razón se aplicó una multa de 365.691.760 pesos. Asimismo, el infractor deberá realizar rehabilitación ambiental con las tareas de reposición de especies vegetales en el sector dañadoâ€, explicó el secretario de Producción e Industria de la provincia del Neuquén, Juan Peláez.
La infracción fue cometida en enero de 2023, en una superficie aproximada 4,5 hectáreas, por la Cooperativa de Vivienda y Consumo “Villa Traful Ltdaâ€. Viola los conceptos de la Ley Provincial N° 2.780, que en su artÃculo 66° establece el tipo de sanciones que serán impuestas por la autoridad de aplicación, en este caso la subsecretarÃa de Producción mediante el área de Recursos Forestales, ante infracciones a esta normativa.
Además, en el artÃculo 67°, la norma indica “los factores que se deben tener en cuenta para la imposición y graduación de las sanciones establecidasâ€. Basada en esta normativa y ante los daños provocados al sistema forestal protegido por la Ley N° 2.780, de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos, se realizó -mediante una técnica de valoración cualitativa y cuantitativa- la calificación de gravedad de lo constatado en el predio destinado a la Cooperativa de Vivienda y Consumo Villa Traful Limitada.
Las propiedades evaluadas para determinar la importancia de la afectación fueron: grado deprotección, área afectada y estrato vegetal.
El predio actualmente se encuentra bajo la CategorÃa Amarilla, de acuerdo con el Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo, según la Ley Provincial 2.780.