En la audiencia, que comenzó a las 14.37, también está prevista la discusión de la ley de alquileres y una nueva normativa para la inscripción de sociedades simplificadas.
El debate se desarrolla en medio de planteos de la oposición, que pidió retirar del temario los proyectos que no estén vinculados a la emergencia sanitaria y adelantó su rechazo a la propuesta de suspender por 60 dÃas la inscripción de sociedades comerciales por internet, una norma sancionada durante el macrismo.
El Senado debate esta tarde la nueva ley de educación a distancia en la cuarta sesión por videoconferencia que celebra desde que rige el aislamiento social y obligatorio por la pandemia de coronavirus.
En la audiencia, que comenzó a las 14.37, también está prevista la discusión de la ley de alquileres y una nueva normativa para la inscripción de sociedades simplificadas.
Educación a distancia
Para la primera ley que abordan los senadores, la de educación a distancia, se anotaron 21 oradores en la apertura de la videoconferencia, en la que hay 68 senadores conectados en forma remota y cuatro en el recinto junto a Fernández de Kirchner.
Esta propuesta, que busca regular la modalidad de enseñanza a distancia implementada desde el comienzo del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus, en marzo pasado, contará con el apoyo de la oposición, según adelantaron fuentes de la bancada de Juntos por el Cambio.
En representación del Frente de Todos, la senadora del Frente de Todos por San Juan Cristina López Valverde explicó que lo que se busca con esta iniciativa es "darle un marco legal a las decisiones que se ha visto en la obligación de tomar el ministro de Educación, Nicolás Trotta, en el marco de la pandemia".
"Con esta ley se refuerza el derecho a la educación individual y social", sostuvo la legisladora del oficialismo y remarcó la caracterÃstica de "excepcionalidad" que tiene esta modalidad de enseñanza al señalar que "la educación presencial es irreemplazable".
La nueva normativa de educación a distancia establece como "una excepcionalidad" a la modalidad de enseñanza en situaciones de emergencia.
Deberá contar con una declaración previa del Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación o con la jurisdicción según corresponda, cuando la escolaridad presencial sea inviable, en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos.
En el marco de esta excepcionalidad, deberán adoptarse disposiciones para la reorganización pedagógica e institucional del régimen académico y de la capacitación docente.
Asimismo, deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad y la adopción de condiciones de salud y seguridad en el trabajo.