A través de la Resolución 5516, se definió extender el horario de circulación en todo el territorio, entre otras cosas.
La restricción a la circulación de las personas será entre las 24:00 de domingo a jueves, y la 1:00 los dÃas viernes, sábado y vÃsperas de feriado, hasta las 6:00 del dÃa siguiente.
Quedan exceptuadas de la medida de restricción a la circulación nocturna:
En todos los casos deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19â€.