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ALVES FERREIRA CONDENADO, PERO NO POR FEMICIDIO

Por Leonel Tornes Antúnez

En la lluviosa tarde del último día del mes de junio en San Carlos de Bariloche, se efectúa la última jornada del juicio que se le sigue a Fernando Alves Ferreira por la muerte de Eduarda Santos caratulado como Homicidio con arma de fuego, femicidio y uso ilegal de arma de fuego. 

En esta jornada se darán a conocer los alegatos condenatorios . 

El ministerio fiscal comienza los alegatos. Remite que la víctima recibió 9 disparos y posible otro que debió salir y que entró por el tabique. El fiscal refiere que el acusado llamó a la policía para reportar la ausencia de Eduarda y para el oficial que lo atendió le pareció raras algunas declaraciones que le hacía en la llamada. El fiscal argumenta que las dos personas salieron juntas del domicilio a las 00.51 y está probado. Balística afirma que el proyectil 357 usado y uno encontrado dentro de la casa fueron disparado por la misma arma. El fiscal dice que el femicidio de Eduarda fue planificado y meditado. En una comunicación telefónica con una interlocutora brasileña le dice haber soñado que había encontrado un arma y efectivamente la encuentra y aparentemente es la utilizada en el hecho. Además argumenta también que Alves Ferreira contrata desde Bariloche un auto e indica que viajarían ella y tres menores sin contar con Eduarda de manera sospechosa. A la 1.13 de la madrugada dice el fiscal que la asesinó desde ése momento comienza a elaborar su coartada. 

Verónica Martínez especialista en psiquiatría forense afirmó que el acusado no tiene rasgos de inimputabilidad . La frialdad del asesinato al disparar, el imputado, testifica lo premeditado del hecho y destierra toda duda razonable. 

Los agravantes del caso según el ministerio público fiscal son dos: Alevosía primeramente, a continuación explica jurídicamente el término. Con pasos cortos y de frente al jurado, el fiscal va afianzando la acusación del asesinato en un recinto donde la prensa es mayoría y el único familiar directo de la víctima es su hermano Wallace Santos. 

El fiscal en ningún momento de sus alegatos se ha dirigido al imputado como “ Amanda “ como pidió el acusado y el juez en virtud de la ley de identidad de género autorizó. 

El otro agravante es la violencia de género. Acá el fiscal se explaya refiriéndose al estado de dependencia que Ferreira ejerció sobre Santos y la utilización de Santos como un envase para procrear hijos. Lozada continúa refiriéndose a la ley de identidad de género y deja claro que para el, el uso de la ley de identidad de género después de 10 meses por parte del imputado lo hace para tratar de zafar de el agravante de femicidio y por eso se percibe mujer . Antes de realizar el hecho nunca intento cambiar su género ni en Brasil ni la Argentina. Referente al móvil el fiscal alega que Eduarda comienza hacer un obstáculo que ya no le sirve y el ya tiene sus criaturas. 

Después de la disertación de Lozada le toca el turno al abogado de la defensa Nelson Vigeras. Vigeras habla sobre lo que hay que probar y afirmaciones que se dijeron que en su criterio no están probados. 

No se encontró pólvora ni en el timón ni las palancas de cambio, ni las huellas del rodado, explica Vigeras. Respecto al tema de la percepción el abogado de defensa  argumenta que su defendida siempre tuvo rasgos y sentir femenino. Que la percepción no es un tema de tramites o utilitaria es una construcción que cada uno lo maneja como entiende. La relación de desigualdad de poder no se pudo demostrar por la fiscalía según la defensa. Vigeras habla de la palabra “ Envase “ terminó que uso la fiscalía cuando se sabe que Eduarda fue la que se brindó para gestar los hijos . Respecto a la alevosía dice Vigeras que no se dan para nada las condiciones de alevosía para probarla por los requisitos legales existentes. 

Predominio de ideas paranoides es otro argumento que esgrime la defensa. Basada en la pericia de un especialista. La defensa reitera que no hay femicidio ni alevosía .

Llegado a éste punto se pide por parte del Juez un cuarto intermedio y el jurado sale a deliberar para dictar la sentencia de inocencia o culpabilidad. 

A la vuelta del cuarto intermedio comienzan a litigar en aras de pulir todos los detalles jurídicos y aclaraciones 

A las 19.30 pm vuelve el jurado para recibir el documento llamado” instrucciones finales”. El juez explica que tendrán que elegir a un presidente y los 12 jurados titulares serán los que deliberaran quedando los 4 suplentes a disposición del tribunal. El juez minuciosamente lee todas las instrucciones e indica como marcar un formulario que les harán llegar a partir del momento de su deliberación. Terminada la intervención del magistrado, los 12 miembros titulares del jurado se reúnen para deliberar. Recordemos que esta maratónica jornada comenzó sobre las 9.30 am y siendo las 23.30 recién vuelve el jurado de deliberar. 

La sentencia que el jurado popular definió en éste caso es de CULPABILIDAD en los cargos de portación de armas y homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

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